. Objeto y Servicios:
– El arrendador proporciona un trastero para almacenamiento exclusivo de bienes y enseres permitidos.
– Servicios incluidos: acceso al recinto, iluminación, videovigilancia, mantenimiento, atención al cliente y cobertura mínima de seguro.
. Uso y Prohibiciones:
– El trastero debe usarse solo para almacenamiento; queda prohibido fumar y modificar la instalación eléctrica.
– Prohibido almacenar bienes peligrosos o no permitidos (vehículos, alimentos perecederos, sustancias tóxicas, etc.).
. Duración del Contrato:
– Plazo mínimo de un mes, prorrogable automáticamente por periodos mensuales, salvo aviso de no prórroga con 15 días de antelación.
. Depósito en Garantía:
– Se requiere un depósito de 248 € como garantía, que se devolverá al finalizar el contrato, siempre que se cumplan las obligaciones.
. Seguro:
– Se está formalizando un seguro que cubre daños a los bienes almacenados, con una cobertura mínima que se comunicará al cliente.
. Incumplimientos:
– El cliente es responsable de los gastos derivados de incumplimientos y puede enfrentar penalizaciones por impago o incumplimiento de obligaciones.
. Resolución del Contrato:
– Ambas partes pueden resolver el contrato con un preaviso de 15 días.
– En caso de incumplimiento, el arrendador puede rescindir el contrato y considerar los bienes almacenados como abandonados.
. Jurisdicción:
– Ambas partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Málaga.
. Protección de Datos:
– Los datos del cliente serán tratados conforme a la normativa de protección de datos, y el cliente tiene derechos sobre sus datos personales.
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